Seguridad en máquinas, equipos y líneas de producción

Análisis de requisitos de seguridad, inspección y validación.

En aplicación de la Directiva de máquinas, realizamos el análisis de requisitos de seguridad y marcado CE de máquinas, equipos y líneas de producción fabricadas, automatizadas o modificadas sustancialmente. En el sector de fabricantes, integradores y usuarios de maquinaria, garantizamos a nuestros clientes el cumplimiento de todos los requisitos de seguridad derivados de las Directivas y Normas armonizadas aplicables. A partir del análisis de riesgos, proponemos soluciones para eliminar y minimizar los peligros, dejando a nuestros clientes máquinas seguras, acompañadas de toda la documentación requerida por la Administración ante una inspección.

Seguridad en máquinas, equipos y líneas de producción

Análisis de requisitos de seguridad, inspección y validación.

En aplicación de la Directiva de máquinas, realizamos el análisis de requisitos de seguridad y marcado CE de máquinas, equipos y líneas de producción fabricadas, automatizadas o modificadas sustancialmente. En el sector de fabricantes, integradores y usuarios de maquinaria, garantizamos a nuestros clientes el cumplimiento de todos los requisitos de seguridad derivados de las Directivas y Normas armonizadas aplicables. A partir del análisis de riesgos, proponemos soluciones para eliminar y minimizar los peligros, dejando a nuestros clientes máquinas seguras, acompañadas de toda la documentación requerida por la Administración ante una inspección.

Ponemos en conformidad tus máquinas y líneas automáticas

Marcado CE de máquinas y equipos

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Diagnosis de seguridad del parque de maquinaria

Diagnosis de seguridad del parque de maquinaria

Evaluación de riesgos

Evaluación de riesgos

Ensayos eléctricos. Verificación de requisitos EN 60204-1

Ensayos eléctricos. Verificación de requisitos EN 60204-1

Valoración del MCE e inspección de la puesta en marcha

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Valoración de funciones de seguridad EN 13849-1

Valoración de funciones de seguridad EN 13849-1

MCE de accesorios de elevación

MCE de accesorios de elevación

Algunos conceptos básicos de la Directiva de máquinas que debes conocer

Seguridad en máquinas y líneas automáticas

La seguridad en máquinas y líneas automáticas representa una obligación tanto para el fabricante como para el usuario de las mismas. La Unión Europea, a través de la Directiva de máquinas 2006/42/CE, armoniza una serie de requisitos mínimos para garantizar la seguridad y salud para el diseño y fabricación de máquinas y obliga a su marcado CE. Dicha directiva también es de aplicación cuando se produce una modificación sustancial en una máquina existente o se automatiza un conjunto de máquinas para su funcionamiento como una línea automatizada, aunque sea para uso propio. Así, es un aspecto fundamental que los fabricantes, integradores y usuarios de máquinas conozcan algunos aspectos básicos con la finalidad de saber cuándo están afectados por la Directiva de máquinas y otras directivas de aplicación.

Una máquina es un conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados para una aplicación determinada, provista de un sistema de accionamiento distinto de la fuerza humana o animal, aplicada directamente. Es decir, siempre que tengamos un elemento móvil, accionado por una fuente de energía (eléctrica, neumática, hidráulica…) distinta a la fuerza humana, tendremos una máquina.

Una línea automática es un conjunto de máquinas que, para llegar a un mismo resultado, estén dispuestas y accionadas para funcionar como una sola máquina.  Así, cuando se instala automatiza un conjunto de máquinas, conectándolas a un mismo sistema de mando, en la que hay una puesta en marcha, paro y sistema de seguridad general, compartiendo señales de control, es necesario un marcado CE de este conjunto, independientemente que cada una de estas máquinas que lo integran ya dispongo de un marcado CE individual.

Persona física o jurídica que diseñe y/o fabrique una máquina y que sea responsable de su conformidad, con vistas a su comercialización o para su propio uso. También adquiere la consideración de fabricante quien transforma una máquina nueva o cambia su aplicación antes de su puesta en servicio. Así, cuando modifico una máquina realizando una “reforma sustancial”, me convierto en fabricante de la misma y es necesario un nuevo marcado CE para su puesta en conformidad. Por “reforma sustancial” se entiende la modificación de las prestaciones iniciales de la máquina: modificar la máquina para añadir un elemento, implementar un sistema de posicionamiento, modificar el sistema de control o seguridad…

La directiva de máquinas 06/45/CE aplica a fabricantes de máquinas y es de obligado cumplimiento. Además, a la mayoría de máquinas o líneas automáticas también le aplican otras directivas europeas de obligado cumplimiento y necesarias para su marcado CE:

  • Directiva de Seguridad Eléctrica 06/95/CE (RD 7/88).
  • Directiva de Compatibilidad Electromagnética 04/108/CE (RD 1580/06).

Igualmente, si la máquina va a disponer de partes que puedan estar en contacto con alimentos, adicionalmente pueden ser de aplicación otras directivas y reglamentos europeos:

  • Reglamento 1935/2004/CE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
  • Reglamento 852/2004/CE Disposiciones sobre higiene alimentaria.
  • Reglamento 1282/2011 sobre materiales en contacto con los alimentos.

El marcado CE corresponde realizarlo al fabricante de la máquina, y la inspección de los equipos de trabajo según requisitos del RD 1215 es responsabilidad de la empresa propietaria de los mismos. Incluso una máquina de nueva adquisición, aunque tenga marcado CE, debe ser inspeccionada antes de su utilización. Hay que tener en cuenta que el marcado CE garantiza la seguridad de la máquina fabricada y la inspección de los equipos de trabajo según requisitos del RD 1215 garantiza la seguridad del producto fabricado en las condiciones de instalación y funcionamiento.
Para máquinas cuya fecha de fabricación es anterior a ENE95 solo es aplicable este RD 1215. Para máquinas posteriores, aplica este RD y el Marcado CE.

Algunos conceptos básicos de la Directiva de máquinas que debes conocer

Seguridad en máquinas y líneas automáticas

La seguridad en máquinas y líneas automáticas representa una obligación tanto para el fabricante como para el usuario de las mismas. La Unión Europea, a través de la Directiva de máquinas 2006/42/CE, armoniza una serie de requisitos mínimos para garantizar la seguridad y salud para el diseño y fabricación de máquinas y obliga a su marcado CE. Dicha directiva también es de aplicación cuando se produce una modificación sustancial en una máquina existente o se automatiza un conjunto de máquinas para su funcionamiento como una línea automatizada, aunque sea para uso propio. Así, es un aspecto fundamental que los fabricantes, integradores y usuarios de máquinas conozcan algunos aspectos básicos con la finalidad de saber cuándo están afectados por la Directiva de máquinas y otras directivas de aplicación.

Una máquina es un conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados para una aplicación determinada, provista de un sistema de accionamiento distinto de la fuerza humana o animal, aplicada directamente. Es decir, siempre que tengamos un elemento móvil, accionado por una fuente de energía (eléctrica, neumática, hidráulica…) distinta a la fuerza humana, tendremos una máquina.

Una línea automática es un conjunto de máquinas que, para llegar a un mismo resultado, estén dispuestas y accionadas para funcionar como una sola máquina.  Así, cuando se instala automatiza un conjunto de máquinas, conectándolas a un mismo sistema de mando, en la que hay una puesta en marcha, paro y sistema de seguridad general, compartiendo señales de control, es necesario un marcado CE de este conjunto, independientemente que cada una de estas máquinas que lo integran ya dispongo de un marcado CE individual.

Persona física o jurídica que diseñe y/o fabrique una máquina y que sea responsable de su conformidad, con vistas a su comercialización o para su propio uso. También adquiere la consideración de fabricante quien transforma una máquina nueva o cambia su aplicación antes de su puesta en servicio. Así, cuando modifico una máquina realizando una “reforma sustancial”, me convierto en fabricante de la misma y es necesario un nuevo marcado CE para su puesta en conformidad. Por “reforma sustancial” se entiende la modificación de las prestaciones iniciales de la máquina: modificar la máquina para añadir un elemento, implementar un sistema de posicionamiento, modificar el sistema de control o seguridad…

La directiva de máquinas 06/45/CE aplica a fabricantes de máquinas y es de obligado cumplimiento. Además, a la mayoría de máquinas o líneas automáticas también le aplican otras directivas europeas de obligado cumplimiento y necesarias para su marcado CE:

  • Directiva de Seguridad Eléctrica 06/95/CE (RD 7/88).
  • Directiva de Compatibilidad Electromagnética 04/108/CE (RD 1580/06).

Igualmente, si la máquina va a disponer de partes que puedan estar en contacto con alimentos, adicionalmente pueden ser de aplicación otras directivas y reglamentos europeos:

  • Reglamento 1935/2004/CE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
  • Reglamento 852/2004/CE Disposiciones sobre higiene alimentaria.
  • Reglamento 1282/2011 sobre materiales en contacto con los alimentos.

El marcado CE corresponde realizarlo al fabricante de la máquina, y la inspección de los equipos de trabajo según requisitos del RD 1215 es responsabilidad de la empresa propietaria de los mismos. Incluso una máquina de nueva adquisición, aunque tenga marcado CE, debe ser inspeccionada antes de su utilización. Hay que tener en cuenta que el marcado CE garantiza la seguridad de la máquina fabricada y la inspección de los equipos de trabajo según requisitos del RD 1215 garantiza la seguridad del producto fabricado en las condiciones de instalación y funcionamiento.
Para máquinas cuya fecha de fabricación es anterior a ENE95 solo es aplicable este RD 1215. Para máquinas posteriores, aplica este RD y el Marcado CE.

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    Conoce nuestra metodología para la puesta en conformidad

    Fases principales en el desarrollo de proyectos de seguridad

    Fruto de nuestra experiencia en el desarrollo de proyectos de seguridad y marcado CE de máquinas y líneas automáticas, hemos definido un procedimiento de trabajo dividido en fases para facilitar a nuestros clientes el proceso de puesta en conformidad de estas.

    Este proceso se inicia con la identificación de las directivas y normas armonizadas de aplicación y la definición de requisitos de seguridad que deben cumplir. Nuestros ingenieros evalúan los riegos y proponen medidas de adecuación que se ajusten a la productividad de la máquina. El proceso acaba con la implementación y validación de estas medidas de adecuación, documentación del expediente técnico y marcado CE de la máquina o línea automática. En el siguiente gráfico se especifican más en detalle cada una de las fases:

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    Fruto de nuestra experiencia en el desarrollo de proyectos de seguridad y marcado CE de máquinas y líneas automáticas, hemos definido un procedimiento de trabajo dividido en fases para facilitar a nuestros clientes el proceso de puesta en conformidad de estas.

    Este proceso se inicia con la identificación de las directivas y normas armonizadas de aplicación y la definición de requisitos de seguridad que deben cumplir. Nuestros ingenieros evalúan los riegos y proponen medidas de adecuación que se ajusten a la productividad de la máquina. El proceso acaba con la implementación y validación de estas medidas de adecuación, documentación del expediente técnico y marcado CE de la máquina o línea automática. En el siguiente gráfico se especifican más en detalle cada una de las fases:

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